Padres CCI: Reinvindicación

31 mayo, 2006

Reinvindicación

Nosotros los padres ¿podemos exigir que los docentes perciban sus haberes en tiempo y forma?
Me parece que podría ser uno de los puntos a exigir, que recomponga en alguna medida el vínculo con los docentes. Creo que es una reivindicación que ningun padre dejaría de apoyar. Claramente se percibe a través de nuestros hijos el malestar de los docentes con el colegio por ese tema por lo tanto pienso que es un tema concreto a tratar.
A la espera de sus opiniones. Patricia

5 Comments:

At 31 mayo, 2006 23:12, Blogger maridominguez said...

Me parece que no cabe ninguna duda que, a pesar de la profesionalidad de los docentes, el tema de recibir sus haberes a tiempo hace a que la predisposiciòn sea totalmente diferente.
Entre las prioridades del CCI no puede plantearse dejar al personal para "mas adelante". SI los padres tenemos que recordarles esto a las autoridades, allà iremos con un nuevo petitorio.
No nos olvidemos que està la calidad educativa de nuestros hijos.
Mariana

 
At 01 junio, 2006 08:13, Anonymous Anónimo said...

No puede el CCI dejar a los docentes para "mas adelante" si justamente estamos pagando un incremento en las cuotas destinado para este fin.

 
At 01 junio, 2006 13:00, Anonymous Anónimo said...

Hola: soy la mama de nicolas y francisco Letterio. A que se refieren con no pagar a los maestros en tiempo y forma? cual es la informacion al respecto? Por supuesto que es un tema importante. Flavia

 
At 04 junio, 2006 19:17, Anonymous Anónimo said...

Estimados:
Los padres tenemos derecho a "...b) Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de los órganos colegiados representativos..." (art. 22 Ley de Educación Provincial). En este contexto, entiendo que podemos tener -y nos deben dar- una participación más activa que la actual. Con relación al salario de los docentes, es obvio que eso constituye uno de los pilares de la "dignificación y jerarquización de su profesión" (según reza el inc. (u) del art. 3 de la Ley citada). No debemos olvidarnos, de todas maneras, que la responsabilidad por los pagos de los salarios es de la escuela. En efecto, la Ley de Educación garantiza que los docentes de la gestión privada tienen iguales derechos y beneficios, como mínimo, que los docentes de la gestión pública (adecuados al régimen laboral privado común, arts. 110 y 111 de la Ley cit.). Pero de todas maneras creo que los padres tenemos derecho a exigir que se respeten los derechos laborales de los docentes, en pos de evitar que éstos tomen medidas que puedan redundar en un perjuicio para la prestación del servicio educativo, poniendo en conocimiento de la autoridad educativa cualquier irregularidad. Esto se aplica también al caso de la contratación y relación con los maestros extranjeros.
Saludos.

Christian F. Albor

 
At 14 junio, 2006 22:00, Blogger maridominguez said...

Segùn informaciòn de la CD, el pago de haberes fuera de tèrmino se debe fundamentalmente a que solo el 44% de los padres pagaron las cuotas al 2do. vencimiento de Junio.
Tal vez podamos evitar que nuestros hijos paguen por el descontento de los docentes por un tema econòmico.
Mariana

 

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